miércoles, 22 de septiembre de 2010

CONCEPTO DE REGALIAS

Regalía

Una regalía o royalty es el pago que se efectúa al titular de derechos de autor, patentes, marcas o know-how a cambio del derecho a usarlos o explotarlos, o que debe realizarse al Estado por el uso o extracción de ciertos recursos naturales, habitualmente no renovables.
En algunos países hispanohablantes se emplea más el término inglés royalty en su forma plural (royalties). No obstante, la Real Academia Española no recoge esta forma en su diccionario; por otra parte, el Diccionario panhispánico de dudas considera a royalty un anglicismo evitable, y aconseja sustituirlo por otros términos equivalentes.
El término regalías, en plural, se utiliza también para hacer referencia a los derechos provenientes de la soberanía de los reyes en el antiguo régimen.Regalías: Son ciertos beneficios de orden material que recibe el trabajador de parte de su empleador o patrón, y que son apreciables en dinero para efectos previsionales y tributarios
Tipos de regalías
Patentes
Regalía, entendida como royalty, es el pago de una "cantidad variable" ligada al volumen de producción o ventas que debe abonarse durante un tiempo al propietario de la patente que se esté explotando.
Existen varias formas de pago de la licencia para el uso de una patente. Ambas partes, el propietario de la patente y el explotador, negociarán la forma que más les convenga. Tipos de pago: Cantidad fija, cantidad variable (royalty). Además, existe un tercer pago opcional que se realiza si se precisa la ayuda de los técnicos del licenciatario, que se llama "pago por asistencia técnica".
Las Regalías se pagan por uno o todos los derechos concedidos por el titular del derecho. Usualmente existen Regalías por la fabricación y venta de un artículo licenciado en un determinado territorio geográfico o por el uso de una marca en un territorio geográfico.
El pago de las Regalías se adiciona al valor en aduanas de las mercancías si es que aparecen como condición de venta de estas últimas, de manera tal que los derechos de importación se calculen sobre una base mayor. Ello es así, porque tradicionalmente el titular del derecho licenciado le vende al importador el artículo licenciado a condición de que le pague una Regalía por cada unidad vendida en el territorio asignado. Por ende, el artículo importado se valora en aduanas tanto por lo que aparece en la factura de importación más el pago posterior de las Regalías al titular del derecho. En este contexto, quien recibe el pago de la Regalía puede ser una persona distinta al titular del derecho licenciado.
Actualmente existen otras formas de pago de Regalías, en la que la Regalía la paga quien vende y no quien compra. Es decir, ya no es el importador quien paga la Regalía luego de su importación, sino que el vendedor abona la Regalía al titular del derecho al momento de la exportación. En términos del acuerdo de valor de la OMC, el pago de la Regalía deja de ser una condición de venta para el importador. En este esquema, el titular del derecho no fabrica ni vende los artículos, sino que licencia dichos derechos. De esta manera, si el artículo es vendido y/o exportado entre varios licenciatarios, el titular obtiene mayores Regalías.

2 comentarios:

  1. Que regalía debe percibir el propietario de un campo que es explotado con la extracción de petróleo y/o gas. ?

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  2. Muy buena la información y redacción. Gracias.

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