sábado, 27 de febrero de 2010

IMAGENES DE LOS EFECTOS QUE PRODUCEN EL PIE ORTOPEDICO ROBOTICO


NOTICIA ECONOMICA LUNES 1 DE MARZO DE 2010

Corte Constitucional puso fin a 'novela' de la reelección; gremios económicos respaldan decisión
Declaró inexequible la convocatoria a un referendo, a través del cual se les iba a preguntar a los colombianos si querían o no que el presidente Álvaro Uribe aspirara a un tercer periodo.
Esta decisión despeja el panorama político en lo que tiene que ver con los aspirantes a la competencia por la jefatura del Estado, al tiempo que elimina el proceso electoral del referendo, cuyo costo ha sido calculado por la Registraduría en 110.000 millones de pesos.
Los expertos aseguran que con la decisión de la Corte desaparece el factor de incertidumbre, que significa la participación directa del Presidente de la República, en la búsqueda de electores para que aprueben la posibilidad de continuar en el cargo por cuatro años más.
Explican que este hecho resulta favorable en la medida en que el país se ahorra un gasto adicional, en momentos en que las finanzas estatales viven las afugias del déficit fiscal que para el 2010 superaría el 4 por ciento del PIB.
En el tema económico, aunque los analistas consideran que el referendo no hubiera tenido un efecto grave (la Bolsa de Valores tuvo un comportamiento normal en los últimos dos días), sí admiten que varias semanas más de incertidumbre no eran convenietes para el país.
Igualmente, la opción de que el presidente Uribe continuara para un tercer periodo, ha generado ruido en la comunidad internacional, donde ya se había dicho que con el referendo Colombia comenzaría a parecerse a Venezuela, Ecuador o Bolivia, donde sus presidentes buscan perpetuarse en el poder.
Sin embargo, otros analistas creen que la reelección traía beneficios al país en la medida en que se garantizaría la continuidad de la política de seguridad que se ha convertido en un atractivo para la inversión.
Fedesarrollo, afirma que el problema no es de personas, sino de orientación de la economía. El director de ese organismo, Roberto Steiner, sostiene que la prosperidad económica depende de la calidad de las políticas y no de los nombres o los apellidos de quienes las diseñen o las implementen.

AVANCE TECNOLOGICO LUNES 1 DE MARZO DE 2010

PIE ROBOTICO ORTOPEDICO
En la Universidad de Michigan, en Estados Unidos, han creado un pie robótico ortopédico que permite aprovechar la energía generada en el movimiento normal del pie para moverse con más facilidad. Este sistema podría facilitar a las personas amputadas la actividad de caminar con una prótesis a cuestas.
La forma de caminar de los humanos supone un gasto energético natural, que se produce cuando los pies entran en contacto con el suelo.Según mediciones efectuadas por lo investigadores Art Kuo y Steve Collins, con el nuevo pie ortopédico se reduciría el gasto energético hasta en un 23 por ciento, debido a que los tobillos artificiales no reproducen el esfuerzo que hace un tobillo real para “empujar” el suelo al caminar.
Con el nuevo pie artificial, los ingenieros de Michigan lograron que la energía perdida al andar sea reciclada por el pie artificial, y aprovechada para aumentar la potencia del empuje de su tobillo.
Los ingenieros explican que la diferencia entre el pie robótico ortopédico y las prótesis corrientes radica en que éstas, aunque almacenan y devuelven energía, no dan la oportunidad de elegir cuándo y cómo hacerlo, simplemente la devuelven, pero de forma aleatoria.
Con este nuevo pie artificial, en cambio, la energía se libera de forma adecuada para complementar el empuje de cada paso, y lo hace sin la ayuda de fuentes externas de energía como sucede con otros dispositivos, que usan motores o grandes baterías para proporcionar un complemento energético similar. El nuevo pie artificial aprovecha la potencia de cada paso para recuperar energía disipada, sólo necesita un vatio de energía, que le suministra una pequeña batería portátil.
Este gran avance permitirá que personas que han sufrido amputaciones por accidentes, conflictos bélicos o enfermedades como la diabetes, reduzcan el esfuerzo que supone caminar con una prótesis.

jueves, 25 de febrero de 2010

LA MATRIZ DOFA

La matriz DOFA es un instrumento metodológico que sirve para identificar acciones viables mediante el cruce de variables, en el supuesto de que las acciones estratégicas deben ser ante todo acciones posibles y que la factibilidad se debe encontrar en la realidad misma del sistema. En otras palabras, por ejemplo la posibilidad de superar una debilidad que impide el logro del propósito, solo se la dará la existencia de fortalezas y oportunidades que lo permitan. El instrumento también permite la identificación de acciones que potencien entre sí a los factores positivos. Así tenemos los siguientes tipos de estrategias al cruzar el factor interno con el factor externo:


Estrategias FO o estrategias de crecimiento son las resultantes de aprovechar las mejores posibilidades que da el entorno y las ventajas propias, para construir una posición que permita la expansión del sistema o su fortalecimiento para el logro de los propósitos que emprende.


Estrategias DO son un tipo de estrategias de supervivencia en las que se busca superar las debilidades internas, haciendo uso de las oportunidades que ofrece el entorno.


Estrategias FA son también de supervivencia y se refiere a las estrategias que buscan evadir las amenazas del entorno, aprovechando las fortalezas del sistema.


Las estrategias DA permiten ver alternativas estratégicas que sugieren renunciar al logro dada una situación amenazante y débil difícilmente superable, que expone al sistema al fracaso.


El cruce del factor interno por el factor externo supone que el sistema está en equilibrio interno; esto es, que las debilidades que tiene no han podido ser superadas por si mismo. Sin embargo esta no es una situación frecuente; el sistema puede tener aún debilidades que por una u otra razón no se han superado, pudiendo hacerlo con sus propias posibilidades. Esto sugiere encontrar estrategias del tipo FD, es decir la superación de debilidades utilizando las propias fortalezas.


El siguiente ejercicio nos servirá de ilustración sobre la forma de trabajar la Matriz DOFA. Se trata de un caso en el que un productor está en búsqueda de un proyecto de reconversión productiva, para aprovechar mejor sus recursos.

Una debilidad importante estaría sin superar: el desconocimiento del mercado, que de no ser intervenida podría poner en riesgo la viabilidad del proyecto. Es una debilidad que puede perfectamente superarse aprovechando la capacidad de gestión del protagonista; es la resultante de un cruce DF (D1 x F3).

miércoles, 24 de febrero de 2010

Qué son las normas Incoterm, FOB y CIF?

Estas normas, llamadas Incoterms (International Commercial Terms o términos comerciales internacionales, en español), son una serie de términos o estándares usados en todo el mundo, para determinar y dividir los costos de las transacciones y las responsabilidades tanto de los compradores como de los vendedores en el ámbito del comercio internacional; o sea son de interés para exportadores e importadores de productos o servicios. Buenos ejemplos de de los términos Incoterm más conocidos son FOB y CIF, que veremos más adelante en el artículo.

La idea es zanjar las dudas relacionadas con el traspaso de los productos del vendedor al comprador, en cuanto al traslado de productos, las responsabilidades de exportación e importación, y determinar con claridad quien asume los riesgos y gastos para cada parte del proceso de transporte.

Estos términos son divulgados y publicados por la ICC (International Chamber of Commerce, o Cámara Internacional del Comercio), y su idioma oficial es el inglés, aunque existen traducciones oficiales para más de 30 idiomas, desarrolladas por comités autorizados por la misma ICC. La historia oficial de los Incoterms comienza en 1936, cuando se publicaron las normas por primera vez, pero desde 1920 que se usan los términos en cuestión; la gran importancia que tiene la publicación oficial es que si bien los términos que veremos eran usados con anterioridad, no habían claros consensos en su interpretación, lo que era una constante fuente de conflictos comerciales.

La versión actual vigente se denomina Incoterms 2000. Los estándares son también aceptados por la comisión de legislación del comercio internacional de las Naciones Unidas (UNCITRAL).

Listado y resumen de Incoterms usados en la actualidad:

CIF (Coste, seguro y Flete - Cost, Insurance and Freight): El exportador es responsable del transporte de la mercancía hasta que esta se encuentre en el puerto de destino, junto con los seguros involucrados. El importador solo debe adquirir un seguro con cobertura mínima.

FOB (Franco a bordo - Free on board): Este término quiere decir que la mercancía es responsabilidad del vendedor hasta sobrepasar la borda del barco para la exportación; se usa principalmente para el transporte marítimo, y después del término se debe especificar el puerto de embarque.

EXW (En fábrica, Ex Works): El comprador es el encargado de asumir los gastos asociados al retiro y traslado de la mercancía desde la ubicación del vendedor. Los daños que puedan ocurrir antes de este traslado corren por cuenta del vendedor. O sea la responsabilidad del vendedor es tener disponibles los bienes en su propia planta o fábrica.

FCA (Franco Transportista - Free Carrier): El exportador debe tener la mercancía disponible en un lugar acordado entre ambas partes. La responsabilidad de cargar la mercadería puede corresponder a cualquiera de las dos partes, dependiendo de la modalidad acordada.

FAS (Franco al costado del buque - Free Alongside Ship): Tal como se usa con FOB, debe ir seguido del puerto de embarque. El vendedor es responsable de los gastos hasta que la mercancía se encuentre al costado del barco en el puerto convenido. Se usa por ejemplo para el transporte de gráneles por vías acuáticas interiores.

CFR (Coste y flete - Cost and Freight): El vendedor es responsable de los costos hasta que la mercancía esté en el puerto de destino. El seguro lo paga el importador; el exportador responde por los daños hasta que la mercancía sobrepase la borda del barco en el puerto de origen.

CPT (Transporte pagado hasta - Carriage Paid to): El exportador (vendedor) es responsable del transporte hasta el destino en cuestión (acordado). El comprador solo asume los riesgos al recibir la mercancía.

CIP (Transporte y seguro pagados hasta - Carriage and Insurance Paid To): Similar a la modalidad CPT, pero el vendedor además debe contar con un seguro con las condiciones de CIF.

DAF (Entregada en frontera - Delivered At Frontier): La responsabilidad del vendedor termina en el lugar convenido en la frontera, antes de la aduana del país colindante, que se debe especificar.

DES (Entregada sobre buque - Delivered Ex Ship): La obligación del vendedor es tener la mercancía a bordo del buque en el puerto de destino, antes de despachar la mercancía a la aduana para su importación.

DEQ (Entregada en muelle): El vendedor es responsable de poner la mercadería a disposición del comprador en el puerto de destino, sobre el muelle.

DDU (Entregada con derechos no pagados - Delivered Duty Unpaid): La mercancía debe ser puesta a disposición del comprador en un lugar convenido, en el país de importación, lo que corre por cuenta del vendedor con todos los gastos involucrados.

DDP (Entregada derechos pagados - Delivered Duty Paid): Un término Incoterm especialmente usado por las empresas de Courier. Es el equivalente a DDU + impuestos, derechos y cargas necesarios para transportar la mercadería hasta el lugar convenido, en el país de importación.

martes, 23 de febrero de 2010

SISTEMA MARCO LOGICO (SML)

GRAFICO DEL DISEÑO DE UN SML


Aclaraciones previas






  • Si bien el Sistema de Marco Lógico (SML) es utilizado generalmente por organismos internacionales, consideramos que es una técnica apta para la toma de decisiones en la dirección de empresa.






  • El SML adquiere su importancia al lograr integrar los tres niveles (estratégico, táctico y operativo) en sus tres etapas (planificación, gestión y evaluación). Puede convertirse en una herramienta eficaz para insertar (o fortalecer) el pensamiento estratégico y sistémico en la dirección y gestión de las pymes. En consecuencia, cada empresa estructurará su SML






  • Con el propósito de darle una aplicación concreta, la exposición del tema está basada en los cursos del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Por lo tanto, el contenido tiene correlación con la metodología exigida a los proyectos con intervención del Banco.


EL MARCO LOGICO



El Marco Lógico es una técnica para la conceptualización, diseño, ejecución y evaluación de programas y proyectos.
Se sustenta en dos principios básicos: el encadenamiento (vertical y horizontal) y la participación.
Identificado un problema de desarrollo, se pretende resolver el mismo mediante un proceso racional (lógico), que concatene los distintos niveles de objetivos (largo, mediano y corto plazo), sus respectivas estrategias y tácticas e indicadores para medir claramente el logro de esos objetivos.
La complejidad del escenario actual obliga a la toma de decisiones participativas. En otras palabras, exceptuando situaciones especiales, sólo la participación de todos los involucrados permite un abordaje más integral del problema, y por ende, mayores posibilidades de éxito.
El marco lógico acepta las teorías de la complejidad y de sistemas en la administración. Los problemas esenciales nunca son fragmentos y los problemas globales son cada vez más esenciales. Además, todos los problemas particulares no pueden plantearse y pensarse correctamente si no es en su contexto.

DISEÑO DEL SISTEMA DE MARCO LOGICO


Un Sistema de Marco Lógico (SML) está estructurado en tres módulos, que conforman un proceso dinámico, eslabonado y circular.



  • Diseño,

  • Ejecución

  • Evaluación

En este trabajo nos ocuparemos del primer módulo.
El diseño tiene tres etapas:



  • Diagnóstico del problema (situación actual)

  • Definición del proyecto (situación futura)

  • Elaboración de la Matriz de Marco Lógico (MML)

Problemas de Desarrollo, Proyectos, Programas


Como comentamos en párrafos anteriores, el proceso se inicia a partir de la identificación o detección de un problema de desarrollo o crítico para el futuro desenvolvimiento de la sociedad o de la organización. Es un problema de tal magnitud que amerita concentrar esfuerzos y recursos en su resolución. La mejora de la competitividad de un sector económico, la calidad de la educación, la mejora de la salud en población de riesgo, son ejemplos a nivel país o provincia. Una importante renovación tecnológica, el cambio de la cultura organizacional, el rediseño organizacional o el comercial, son ejemplos de problemas de distintas magnitudes en una empresa, que se detectarán de acuerdo a los mecanismos que en ella funcionan.
Desde ese problema comienza efectivamente el diseño del SML.
En la metodología del BID, existen dos conjuntos de actividades y recursos que aportarán a la solución: los proyectos y los programas.
Los proyectos tienden a un aporte concreto a la solución total. Es decir, aportan una solución parcial.
Un programa está conformado por dos o más proyectos. Su función está en solucionar integralmente el problema (o al menos, en la mayor globalidad posible). Los problemas muy complejos pueden necesitar dos o más programas (y cada uno de ellos con sus respectivos proyectos)
Comprobamos cómo funciona el enfoque sistémico. Se detecta y se estudia el problema en su globalidad. En la luz arrojada, se analizan las distintas partes del problema. Se encaran sus soluciones en un marco integral y en forma conjunta. En otras palabras, se estudia el todo, se analizan sus partes como integrantes de ese todo y se estructura un conjunto armónico de programas y proyectos que fusionados permitirían acceder a una solución global.

DIAGNOSTICO DEL PROBLEMA

Detectado el problema de desarrollo, el paso siguiente es realizar un amplio análisis del mismo, en sus distintas facetas. Se está precisando y especificando la situación actual.
Para ello, se cuenta con dos herramientas: el análisis de involucrados y el análisis de problemas.

Análisis de Involucrados

Se trabaja con los grupos directa o indirectamente involucrados y/o afectados en el problema de desarrollo.
El propósito fundamental es determinar qué cambios son requeridos y factibles desde el punto de vista de los beneficiarios y desde los niveles de decisión.

Tipología de grupos

  1. Grupos de población (por localización, por nivel de ingresos, por etnia, por edad, etc)
  2. Organismos del Sector Público (centralizados y descentralizados, incluyendo empresas públicas)
  3. Organismos del Sector Privado (cámaras, centros, empresas, etc)
  4. Organismos de la Sociedad Civil (ONG, fundaciones, sindicatos, otras sin fines de lucro)
  5. Organizaciones Religiosas (Iglesias y otras organizaciones religiosas influyentes)
    Grupos Políticos
  6. Organizaciones Externas (otros países, ONG internacionales, organizaciones binacionales, org. de seguimiento de objetivos especiales –ej. derechos humanos- organismos internacionales, etc)

Se considerarán

  • Sus intereses
  • Sus potencialidades
  • Sus limitaciones
  • Sus percepciones del problema
  • Sus recursos
  • Sus mandatos (el de los estatutos, cartas constitutivas o normativas)

Deberá considerarse tanto a los grupos que apoyan como a los que se oponen. Sendos grupos deben considerarse e incluirse en el cuadro de involucrados que se detalla más adelante.

Objetivos de la inclusión de todos los involucrados
Se pretende lograr:

  • Una aproximación integral al problema
  • Mayor objetividad en el diseño y la ejecución, incorporado los diferentes puntos de vista
  • Incremento del sentido de pertenencia de cada involucrado en el proyecto.

Técnicas utilizadas

  • Entrevistas
  • Focus group
  • Talleres

MIDAS USAID


Quiénes Somos

La Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional -USAID-, es la principal agencia gubernamental responsable de la ejecución y administración de los programas de asistencia social, económica y humanitaria del gobierno de los Estados Unidos a nivel mundial. En Colombia, la Embajada de los Estados Unidos, a través de la USAID, apoya los objetivos del Gobierno Nacional a través de cuatro áreas:

1. Gobernabilidad democrática
2. Desarrollo alternativo
3. Asistencia a población desplazada y vulnerable
4. Apoyo al proceso de desmovilización y reintegración

Como parte de su programa de desarrollo alternativo, el gobierno de Estados Unidos firmó un contrato con un consorcio compuesto por organizaciones nacionales e internacionales para implementar, en Colombia, el programa Más Inversión para el Desarrollo Sostenible (MIDAS).

El programa MIDAS de la USAID es un programa de desarrollo alternativo que genera y fortalece fuentes sostenibles de ingresos y empleos lícitos en el sector privado, y a su vez, fomenta el crecimiento económico y la competitividad del sector productivo del país. Se trabaja en conjunto con la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional – ACCIÓN SOCIAL – para contribuir con las políticas del gobierno nacional.

MIDAS brinda asistencia técnica y financiera a proyectos que establezcan nuevos negocios o trabajen para ampliar negocios existentes. Además de la sostenibilidad empresarial, MIDAS está comprometido con la promoción de opciones lícitas, que mejoren la calidad de vida de sus beneficiarios y comunidades y está conformado por cuatro componentes ó áreas de trabajo.



Qué Hacemos




Apoyo a nuestros proyectos y beneficiarios principalmente a través de la provisión de asistencia técnica con actividades como:
Acompañamiento técnico a las iniciativas productivas.
Capacitación / entrenamiento
Estructuración técnica y financiera de los proyectos en su etapa de desarrollo
Construcción de capital social Potenciando alianzas productivas

¿Cómo opera?
El Programa tiene tres componentes de desarrollo de negocios que se apoyan para el logro de sus objetivos y metas: Agronegocios , Forestal Comercial y PYME (Pequeñas y Medianas Empresas) y un componente de Política que desarrolla reformas dirigidas a fortalecer el crecimiento económico y el mejoramiento de la competitividad.

MIDAS Trabaja en estrecha coordinación con el Gobierno Nacional a través de la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional

BID


Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
Sobre BID
El BID concede préstamos y cooperación técnica a sus países miembros en vías de desarrollo en América Latina y el Caribe, en una amplia gama de actividades, que incluyen la agricultura y pesca, la energía, la industria, el turismo, el transporte y las comunicaciones; programas ambientales, de salud pública, de educación, de ciencia y tecnología; desarrollo urbano y preinversión. Adicionalmente, en 1994 el BID incluyó en su programa de actividades préstamos para el sector privado.
Haciendo negocios con BIDLa adquisición de bienes y servicios con préstamos y asistencia técnica del Banco Interamericano es realizada por el prestatario o beneficiario. Por consiguiente, las consultas relativas a estas adquisiciones deben dirigirse a la agencia ejecutora de los proyectos en los países beneficiarios. Información sobre préstamos y cooperación técnica puede obtenerse de la publicación " IDB America", a la que es posible suscribirse.Por lo general, el Banco exige que se celebren licitaciones competitivas internacionales para: los proyectos financiados parcialmente con préstamos del Banco, en los que el valor de los bienes excede los 350 mil dólares, cuando el valor de las obras civiles es superior a 5 millones de dólares o cuando el valor de los servicios de consultoría excede los 200 mil dólares. Solamente las empresas de los países miembros del Banco pueden participar en dichas licitaciones. Al contratar servicios profesionales y técnicos, el prestatario se encarga de seleccionar y contratar una empresa o personal calificado, bajo los requisitos establecidos en el convenio con el Banco y a la aprobación de la selección por parte de éste.
Contactos con el servicio de compras de BID:Oficina de Relaciones ExternasBanco Interamericano de Desarrollo1300 New York Avenue, N.WWashington, D.C. 20577, EE.UU.Teléfono: (1-202) 623 1397Fax: (1-202) 623 1403E-mail: business@iadb.org
Enlaces:
Página de adquisiciones del BID
Página del sector privado de BIDGuía General de Relaciones Comerciales (documento pdf 1 MB)

lunes, 22 de febrero de 2010

FMI

Fondo Monetario Internacional
El Fondo Monetario Internacional o FMI (en inglés: International Monetary Fund, IMF) como idea fue planteado el 22 de julio de 1944 durante una convención de la ONU en Bretton Woods, New Hampshire, Estados Unidos; y su creación como tal fue en 1945. Sus estatutos declaran como objetivos principales la promoción de políticas cambiarias sostenibles a nivel internacional, facilitar el comercio internacional y reducir la pobreza.
Cabe destacar, además de las diferentes políticas reguladoras y conciliadoras a nivel internacional, el establecimiento del patrón oro/dolar. Dicho patrón equiparaba el valor de las divisas a una cierta cantidad de dólares (tal y como se hace en la actualidad) pero siempre a un tipo fijo (es decir, en aquellos años no había variaciones en este aspecto entre los países regulados por el FMI) Esa medida, que es una de las causas primeras de la creación del FMI, se mantendría en vigor hasta la crisis de 1973; cuando fue derogada la cláusula que regía las regulaciones monetarias en ese aspecto.
Forma parte de los organismos especializados de las Naciones Unidas, siendo una organización intergubernamental que cuenta con 185 miembros. Actualmente tiene su sede en Washington, D.C. y su actual Director Gerente es el francés Dominique Strauss-Kahn, desde el 28 de septiembre de 2007, año en que sustituyó al español Rodrigo Rato.

domingo, 21 de febrero de 2010

noticia economica lunes 22 de febrero 2010

Si cae emergencia, hay 'golpe inmediato' de medio billón de pesos, según analistas
Si las normas de salud van al Congreso, hay quienes creen que el camino es difícil porque fue ignorado con la emergencia. Otros piensan que si el Gobierno empuja no hay problema para sacar la ley.
Ante los cuestionamientos y las demandas que ya se han anunciado en contra del decreto que establece la Emergencia Social, lo que pareciera ponerla en jaque, la pregunta que flota en el aire es cómo incidiría en las cuentas fiscales del Gobierno.
A primera vista, con las decisiones adoptadas en materia de impuestos a los licores, la cerveza, los cigarrillos y los juegos de suerte y azar habría una afectación de 514.000 millones de pesos que es lo que suman los ingresos adicionales estimados para este año, que irían tanto para departamentos como para las arcas nacionales.
Sin embargo, analistas advierten de la crítica situación del sector de la salud cuyo déficit aumenta año a año y hablan de que el hueco en el sector de la salud podría sumar unos 8 billones de pesos.
"El Gobierno no tiene espacio fiscal para meterse la mano al dril, pues ya tiene un hueco de 5 por ciento del PIB. Sumando los dos huecos (más el de la salud), puede llevar a una catástrofe fiscal. Por eso la Corte Constitucional deberá andar con pies de plomo", dijo el ex director de Planeación, Juan Carlos Echeverry.
Así, lógicamente se requeriría de un plan B que le permita al Gobierno sortear la situación por el lado de los ingresos. El ministro de Hacienda, Óscar Iván Zuluaga, dice que éste sería ir al Congreso con un proyecto de ley, que es el camino viable. Y aquí las opiniones están divididas pues para unos, el camino del Congreso es largo a lo que hay que sumarle la molestia que tiene por no haberle hecho partícipe de las decisiones de la Emergencia.
"El Ministro de Hacienda que llegue se va a tener que enfrentar a una reforma tributaria con o sin salud. En todo caso el asunto es difícil, aunque al Gobierno le podrían ayudar los gobiernos territoriales haciendo presión en el Legislativo", señala Andrés Escobar, de la firma Econcept y ex subdirector de Planeación Nacional.
Para el director de Planeación, Esteban Piedrahita, el escenario sin reforma es peor. "O tenemos una afectación fiscal si buscáramos el cubrimiento al ciento por ciento, o tendríamos que rebajar cubrimiento", advierte.
El plan 'B' es convencer al Congreso
Si la emergencia cae y hay que ir al Congreso, no hay que olvidar que el año pasado ya fracasó una reforma tributaria territorial que presentó el Ejecutivo al Congreso: se hundió sin que siquiera se le hubieran nombrado ponentes. Pero con la emergencia, el Gobierno sacó esa reforma vía decretos.
Pero no ha sido el único proyecto relacionado con las regiones que se ha caído. Fracasó otra vez la reforma al régimen de los juegos de suerte y azar, en su quinta versión.
Para el ex ministro de Hacienda, Juan Camilo Restrepo, si la Corte Constitucional llega a declarar la inexequibilidad de la Emergencia no será el Apocalipsis porque con el empuje político del Gobierno, un proyecto fiscal puede salir en pocas semanas. "Quedó demostrado con la extensión del impuesto al patrimonio", dijo Restrepo.
Agrega que la tributaria territorial y la de juegos de suerte y azar fracasaron porque faltó la voluntad política y el empuje del Gobierno, las dejó solas.
El ex ministro no duda de que en caso de tener que acudir al Legislativo, con el Gobierno haciendo su trabajo, sale un proyecto de ley.

avance tecnologico lunes 22 de febrero 2010


Micro-Robots


Los avances tecnológicos en el área de Micro-Robots continúan a paso firme. Minúsculos robots del tamaño de una pulga podrían llegar a ser producidos en masa, los cual serían programados para una variedad de aplicaciones, tales como la vigilancia, la microfabricación, la medicina, la limpieza, y más. En un esfuerzo para alcanzar esta meta, un estudio reciente llamado I-SWARM ha demostrado las pruebas iniciales para la fabricación de micro-robots en gran escala.


domingo, 14 de febrero de 2010

NOTICIA ECONOMICA LUNES 15 DE FEBRERO

Con la caída de este viernes, precio del dólar bajó 60 pesos en la semana

Así, la divisa terminó la semana con precio promedio de 1.936 pesos, el más bajo desde el 27 de octubre.
Cabe recordar que la Tasa Representativa del Mercado del lunes estaba en 1.997 pesos y el martes alcanzó a romper la barrera de los 2.000 pesos, y desde ahí, comenzó el descenso en picada.
Según Francisco Chaves, analista de Corredores Asociados, el precio del dólar había subido por la incertidumbre que provocaba en los mercados la situación fiscal en Grecia y en otros países europeos.
Pero en la medida en que se abría la posibilidad de que la Unión Europea y algunos países de la región podrían darle una mano, los mercados respiraron con mayor tranquilidad y por eso, bajó el dólar frente a monedas de países emergentes, como el real brasileño, el peso mexicano, el peso chileno y, por supuesto, el peso colombiano.
Por otra parte, Chaves señala que a Colombia están entrando fuertes flujos de inversión extranjera directa, principalmente de las firmas petroleras, de tal forma que es mayor el ingreso de recursos que la demanda de dólares.

AVANCE TECNOLOGICO LUNES 15 DE FEBRERO

http://tecnologia7.com/avances-tecnologicos/cry-translator/

lunes, 8 de febrero de 2010

PLANTA DE STEVIA


DEFINICION DE STEVIA

La Stevia, Endulzante Natural

Es un endulzante natural alternativo al azúcar y a los endulzantes artificiales obtenido a partir de un arbusto originario de Paraguay y Brasil. Ha sido usado desde muy antiguo, como endulzante, por los indios guaranís y que en países como Japón, hoy en día, supone el 41 % de los endulzantes consumidos.Las hojas de la planta son 30 veces más dulces que el azúcar y el estracto unas 200 veces más.

La Stevia es un pequeño arbusto nativo del Norte del Paraguay y de las zonas adjacentes de Brasil. Las hojas de la planta han sido utilizadas por la tribu de Indios Guaraní desde los tiempos pre-colombinos, para endulzar los alimentos. Sin embargo, no fue sino hasta 1887 que el científico americano Anthony Bertoni la descubrió.
La Stevia no tiene calorías y tiene efectos beneficiosos en la absorción de la grasa y la presión arterial. Contiene carbohidratos, proteínas, vitaminas y minerales.No se reportan efectos secundarios de ninguna clase, como efectos mutagénicos u otros efectos que dañen la salud. 1 taza de azúcar equivale a 1 ½ a 2 cucharadas de la hierba fresca o ¼ de cucharadita del polvo de extracto.

Estudios anotan su actividad antibiótica, especialmente contra las bacterias e.Coli, stafilococos aureus, y Corynebacterium difteriae así como también contra el hongo Cándida Albicans productor frecuente de vaginitis en la mujer.El sabor dulce de la planta se debe a un glucósido llamado esteviosida, compuesto de glucosa, y rebaudiosida.

La Stevia en su forma natural es 15 veces más dulce que el azúcar de mesa (sucrosa). Y el extracto es de 100 a 300 veces más dulce que el azúcar.

No afecta los niveles de azúcar sanguíneo, por el contrario, estudios han demostrado su propiedades hipoglucémicas, mejora la tolerancia a la glucosa y es por eso que es recomendado para los pacientes diabéticos.La Stevia es importante para la gente que desea perder peso, no solo porque les ayudará a disminuir la ingesta de calorías, sino porque reduce los antojos o la necesidad de estar comiendo dulces.

A la Stevia también se le confieren propiedades para el control de la presión arterial, ya que tiene efecto vasodilatador, diurético y cardiotónico (regula la presión y los latidos del corazón). Puede disolver el polvo en agua y luego usarla por gotas o cucharadas o cucharaditas.Se puede utilizar en todo, como en el cereal, horneados, galletas, refrescos, en la preparación de cualquier alimento. Al comprobar la composición de hierbas, cosa que hago siempre para evitarme sorpresas, observé que un pequeño porcentaje del compuesto era de una planta llamada “stevia”, planta que yo desconocía hasta ese momento ya que en Europa no se encontraba casi ningún libro sobre plantas medicinales en el que fuera descrita, por lo que mi curiosidad me llevo a indagar y hacer preguntas sobre la misma, hasta saber con que objeto se añadía a la tisana antes citada, comprobando que se usaba para paliar el amargor de las otras plantas constitutivas de la fórmula, de por sí intensamente amargas, y es de esta forma como entré en conocimiento de esta hierba maravillosa que por las restricciones que imponen algunos Organismos Oficiales, es casi desconocida por el gran público de los países europeos.

¿Qué es?
La Stevia es una planta originaria de la flora sudamericana que se criaba espontáneamente en el hábitat semiárido de las laderas montañosas de Paraguay. La stevia está aumentando su renombre fuera de la UE. después de haberse probado a conciencia la ausencia de toxicidad, y en la mayor parte del mundo se considera totalmente segura para el consumo humano.

Es una planta increíblemente dulce. El edulcorante (esteviósido), que se extrae de ella es aproximadamente 300 veces más dulce que el azúcar, las hojas tiernas tienen un agradable sabor a regaliz y se puede usar para reemplazar el azúcar refinado. En efecto, las hojas contienen glucósidos de sabor dulce pero que no son metabolizables y tampoco contienen calorías. La mayor parte de los glucósidos consisten en moléculas de esteviósido. Las hojas secas son entre 20 y 35 veces más dulces que el azúcar.

Muchos de los usos de stevia son conocidos, como: edulcorante de mesa, en bebidas, en pastelería, en dulces, en confituras, en mermeladas, en yogures, en chicles, etc. etc.
Aunque los conquistadores españoles tuvieron conocimiento de la stevia durante el siglo XVI, no atrajo la atención de los europeos hasta finales del siglo XIX gracia al Dr. Bertoni. Antes de tener conocimiento en Europa, la planta lógicamente ya era conocida desde la antigüedad por los indios guaraníes de cuyos campos era nativa, la llamaban “kaá-heé”, lo que en esa lengua significa “hierba dulce”. Esta planta tiene excelentes propiedades edulcorantes y medicinales, destacando su acción antidiabética.
La Stevia rebaudiana Bertoni ha superado con éxito los estudios de laboratorio, por lo que en muchos los países se han autorizado sus extractos. El cultivo puede realizarse en la mayoría de los suelos de los países cálidos o templados.

La stevia natural, sin refinar, contiene más de 100 elementos y aceites volátiles identificados. Eso ya lo aprovecharon desde los tiempos precolombinos los indios guaraníes, los cuales la usaban para endulzar sus bebidas o simplemente masticaban las hojas a modo de una golosina, como hacen los niños de hoy cuando lamen el néctar de las flores de la planta llamada “lengua de buey” o más popularmente “lenguaza” (Anchusa azurea), néctar que también es más dulce que el azúcar y sobre el cual no se conocen estudios.

En los EEUU, la FDA (Food and Drug Administration), aprobó en septiembre de 1995, a la stevia, aunque solo podría venderse en tiendas naturistas, así no interfiere con los intereses de las industrias productoras de los otros edulcorantes no naturales.

Esta planta cuyo nombre científico es Stevia rebaudiana Bertoni, puede usarse de muchas formas, cada una de ellas con un fin diferente: como una simple infusión, en forma líquida o en forma de cristales solubles, y cada una de estas tendrá diferentes propiedades o aplicaciones.
Aunque se usa ampliamente en muchos países como una alternativa para endulzar, la Stevia rebaudiana es poco familiar para la mayoría de la gente, sin embargo, ahora está empezando a conocerse, sí bien en Europa se ha prohibido su “publicidad y venta” argumentando dicha prohibición ante el consumidor potencial, de que “se van a realizar nuevos estudios” y de esta forma su conocimiento se demorará sin duda. Pero gracias a los esfuerzos de botánicos y especialistas en dietas y entornos naturistas, este inconveniente está a punto de superarse.
La planta puede crecer relativamente bien y se puede adaptar a gran variedad de terrenos y climas, la información para ello, se está generando de forma oficial en varios países sudamericanos, donde se está ayudando sin duda a sus agricultores, así cómo en Japón y en Canadá.

definicion de domotica

Domótica

El término Domótica proviene de la unión de las palabras domus (que significa casa en latín) y tica (de automática, palabra en griego, 'que funciona por sí sola'). Se entiende por domótica al conjunto de sistemas capaces de automatizar una vivienda, aportando servicios de gestión energética, seguridad, bienestar y comunicación, y que pueden estar integrados por medio de redes interiores y exteriores de comunicación, cableadas o inalámbricas, y cuyo control goza de cierta ubicuidad, desde dentro y fuera del hogar. Se podría definir como la integración de la tecnología en el diseño inteligente de un recinto.

Características generales


Aplicaciones
Los servicios que ofrece la domótica se pueden agrupar según cinco aspectos o ámbitos principales:

1. Ahorro energético: El ahorro energético no es algo tangible, sino un concepto al que se puede llegar de muchas maneras. En muchos casos no es necesario sustituir los aparatos o sistemas del hogar por otros que consuman menos sino una gestión eficiente de los mismos.

o Climatización: programación y zonificación.

o Gestión eléctrica:
§ Racionalización de cargas eléctricas: desconexión de equipos de uso no prioritario en función del consumo eléctrico en un momento dado

§ Gestión de tarifas, derivando el funcionamiento de algunos aparatos a horas de tarifa reducida

o Uso de energías renovables

2. Confort: Conlleva todas las actuaciones que se puedan llevar a cabo que mejoren el confort en una vivienda. Dichas actuaciones pueden ser de carácter tanto pasivo, como activo o mixtas.

o Iluminación:

§ Apagado general de todas las luces de la vivienda

§ Automatización del apagado/ encendido en cada punto de luz

§ Regulación de la iluminación según el nivel de luminosidad ambiente

o Automatización de todos los distintos sistemas/ instalaciones / equipos dotándolos de control eficiente y de fácil manejo

o Integración del portero al teléfono, o del videoportero al televisor

o Control vía Internet

o Gestión Multimedia y del ocio electrónicos

o Generación de macros y programas de forma sencilla para el usuario

3. Seguridad: Consiste en una red de seguridad encargada de proteger tanto los Bienes Patrimoniales y la seguridad personal.

o Simulación de presencia.

o Alarmas de Detección de incendio, fugas de gas, escapes de agua, concentración de monóxido en garajes.

o Alerta médica. Teleasistencia.

o Cerramiento de persianas puntual y seguro.

o Acceso a Cámaras IP

4. Comunicaciones: Son los sistemas o infraestructuras de comunicaciones que posee el hogar.

o Ubicuidad en el control tanto externo como interno, control remoto desde Internet, PC, mandos inalámbricos (p.ej. PDA con WiFi), aparellaje eléctrico.

o Transmisión de alarmas.

o Intercomunicaciones.

5. "Telegestión y Accesibilidad": Diseño para todos, un diseño accesible para la diversidad humana, la inclusión social y la igualdad. Este enfoque constituye un reto Ético y creativo. Donde las personas con discapacidad reducida puedan acceder a estas tecnologías sin temor a un obstáculo del tipo de tecnología o arquitectura.
[editar] El sistema

domingo, 7 de febrero de 2010

AVANCE TECNOLOGICO LUNES 8 DE FEBRERO


Casco para prevenir parálisis

Todos los cascos, desde los del fútbol americano, esquí o de la conducción de motocicletas, están diseñados para proteger la cabeza del impacto. Cada generación de diseño es mejor que la anterior en disipar la fuerza y proteger al usuario de conmociones cerebrales y otras contusiones en el cráneo. Sin embargo, los cascos actuales apenas pueden hacer gran cosa para prevenir las lesiones de médula espinal que producen la parálisis.Ahora, investigadores de la Universidad de British Columbia, en Vancouver, están trabajando en un diseño que podría proteger la columna vertebral durante una colisión frontal. Cuando la cabeza de una persona golpea a un objeto plano recto, el impacto normalmente hace que el cuello se arrugue, al absorber el grueso de la fuerza. Si una vértebra rota disecciona o daña la delicada médula espinal, el resultado puede ser una parálisis permanente. Si la cabeza golpea un objeto en ángulo, puede rebotar sin mucho daño, de ahí que a los jugadores de fútbol se les enseñe a hacer frente a sus oponentes con la cabeza erguida."Me interesé por saber si existía un modo de convertir el impacto contra un objeto plano en un impacto contra un objeto en ángulo", señaló Peter Cripton, ingeniero mecánico y especialista en biomecánica de la UBC que dirigió el proyecto. Él y sus colegas desarrollaron el casco "Pro-Neck-Tor", que consiste en una coraza externa que se parece a la mayoría de los cascos existentes en el mercado hoy en día, pero con una estructura interna rotativa que abraza la cabeza y un mecanismo que conecta ambas estructuras.

Avance que permite comunicarse a personas en estado vegetativo

Imágenes cerebrales permiten que un paciente en estado vegetativo se comuniqueSegún una nueva investigación, algunas de las personas que se considera están en un estado vegetativo podrían estar más conscientes de lo que se creía e, incluso, ser capaces de comunicarse. Uno de los pacientes del estudio, publicado hoy en la revista New England Journal of Medicine (NEJM), fue capaz de responder correctamente a una serie de preguntas de sí o no, siendo sus respuestas interpretadas mediante imágenes cerebrales.La investigación pone de relieve lo difícil que puede ser diagnosticar a las personas en este estado y cómo las nuevas tecnologías podrían ayudar. También abre nuevas vías para la comunicación con los que se creía que estaban perdidos para el mundo de la vigilia y plantea una serie de cuestiones éticas y filosóficas sobre la definición de consciencia y la forma de evaluarla.En el estudio actual, se pidió a pacientes diagnosticados como vegetativos o de mínima conciencia que se imaginaran jugando al tenis o bien paseando por las calles de una ciudad familiar o por su casa. En las personas sanas, cada una de estas tareas activa una parte característica del cerebro, lo que permite a los científicos determinar a partir de un escáner cerebral cuál de las dos situaciones está visualizando la persona.

NOTICIA ECONOMICA LUNES 8 DE FEBRERO


En tres años, Colombia dio el saltó a la tercera dimensión en las salas de cine
En el 2009, 2'272.000 espectadores asistieron a las 44 salas 3D que hay en el país.
Cine Colombia fue la primera compañía en adaptar una sala de 35 milímetros al formato 3D, y hoy cuenta con 28 salas de este tipo. Desde entonces otros operadores hacen la inversión tecnológica.
Ver cómo las 'semillas del árbol sagrado' pasan cerca de la cabeza de quien está sentado al frente, y luego sentir que se van a posar sobre el propio cuerpo, es parte de la 'magia' que nos regala la tercera dimensión durante la proyección de Avatar.
Las 299 sillas de una de las salas de Unicentro en Bogotá están todas ocupadas por seguidores de esta película, situación que se viene presentando desde diciembre del año pasado en todo el país.
Es que el auge del formato 3D y el fenómeno taquillero de Avatar han disparado las cifras de la industria del cine en el mundo y Colombia no se queda atrás: en el 2009, 2'272.000 espectadores asistieron a las 44 salas 3D que hay en el país.
Sin embargo, advierten algunos directivos de esta industria, el crecimiento no se debe sólo al 3D. Factores como la reducción de precios, la calidad de las películas y la comodidad de las salas también sumaron para que el año pasado registrara récord de asistencia en Colombia: 27 millones de espectadores, seis millones más que en el 2008.
Desde el 2007, el fenómeno 3D tocó al país, pero fue hasta el año pasado cuando empezó el crecimiento. Cine Colombia fue el primero, y hace tres años adaptó una sala de 35 milímetros a tercera dimensión. Hoy ya tiene 28 pantallas 3D.
Con mucha cautela, esperando conocer los resultados de la competencia, en el 2008 Cinemark compró su primer equipo 3D y el año pasado fue el despegue para marcas como Cinépolis y Royal Films. Ahora, en las principales ciudades del país se puede acceder a cinemas en tercera dimensión.
"Es que los espectadores encuentran experiencias más reales, mejores efectos, interactividad y personalización del contenido. Nuestra meta en el corto plazo es que el 33 por ciento de nuestras salas tengan esta tecnología", dice Andrés Ulate, gerente de comercialización y mercadeo de Cinépolis.
Por su parte, Pablo Umaña, gerente de Cinemark, empresa que durante el año pasado recibió a 5,1 millones de espectadores, con un crecimiento del 25 por ciento, dice que el crecimiento es general. "El cine está jalando porque los precios se reajustaron y la gente ha sacrificado otro entretenimiento costoso por uno más económico como el cine, donde por 5 o 7 mil pesos se garantizan tres horas de diversión", dice.
Sin embargo, hacer la conversión tecnológica, aunque resulte rentable, no es tan económico para las empresas promotoras del cine.
Cine Colombia completó el año pasado 28 salas 3D, y para el 17 de diciembre, cuando se estrenó Avatar, la industria nacional disponía de 44 salas.
En promedio, comprar los equipos, la pantalla y adecuar una sala para películas en 3D tiene un costo que oscila entre los 500 y los 700 mil dólares (entre 1.000 y 1.400 millones de pesos por sala), mientras que un proyector normal de 35 milímetros puede costar 50 mil dólares.
La firma mexicana Cinépolis, que anuncia para este año la apertura de 14 salas en Cali, confirma la moda del 3D en este país. "Continuaremos con la digitalización de las salas, además porque el 3D es una de las herramientas que puede ayudar a combatir la piratería por la imposibilidad de replicar los efectos de ese formato fuera del cine", agrega Ulate, el gerente de comercialización.
Inflación en enero creció 0,69% frente a igual mes del año pasado, segun el Dane
La cifra es superior en 0,10 puntos porcentuales a la reportada en igual mes de 2009 (0,59 por ciento). Entre febrero de 2009 y enero de 2010, el IPC presentó una variación de 2,10 por ciento.
Cuatro grupos de bienes y servicios presentaron crecimientos superiores al IPC en el mes de enero de 2010: transporte (1,44%); salud (1,05%); alimentos (0,91%) y otros gastos (0,71%).
En transporte, el subgrupo con mayor incremento en los precios correspondió a transporte público con 3,20%. En salud, los subgrupos con mayores incrementos en los precios correspondieron a gastos de aseguramiento privado y otros gastos (4,33%); servicios de salud (0,50%) y bienes y artículos (0,02%).
En alimentos, los subgrupos con mayores incrementos en los precios correspondieron a tubérculos y plátanos (13,02%); frutas (1,56%) y comidas fuera del hogar (1,38%). En otros gastos, los subgrupos con mayores incrementos en los precios correspondieron a otros bienes y servicios (1,01%); bebidas alcohólicas (0,70%) y artículos para el aseo y cuidado personal (0,70%).
Entre tanto, cinco grupos presentaron crecimiento inferior al IPC de enero 2010. Estos fueron: vestuario (-0,05%); educación (-0,02%); comunicaciones (0,32%); vivienda (0,40%) y diversión (0,57%).
Ibagué, la ciudad más cara
De las 24 ciudades estudiadas por el Dane en esta investigación, ocho presentaron crecimiento superior al promedio de los precios del IPC para enero de 2010 y dieciséis mostraron variaciones inferiores.
Ibagué registró el mayor incremento en los precios con 0,96%. En la capital del departamento de Tolima, los grupos de mayor variación correspondieron a: transporte (3,58%); alimentos (1,27%) y salud (1,15%). En contraste, diversión registró el menor crecimiento en los precios durante el primer mes de 2010, con una variación de -0,71%.
En oposición, Quibdó (0,30%) registró la menor variación en el promedio de los precios. En la capital del departamento de Chocó, los grupos de menor variación fueron: transporte (-0,29%); diversión (-0,21%); salud (-0,10%) y comunicaciones (-0,09%). Por su parte, el de mayor variación fue alimentos (0,44%). Bogotá con 0,72%, fue la séptima ciudad con mayor variación en los precios durante periodo analizado.

miércoles, 3 de febrero de 2010

DIAS FESTIVOS DEL AÑO

FECHAS ESPECIALES
Enero
Año Nuevo 1
Reyes magos 6

Febrero
Día del Periodista 9
Día del Camarógrafo y el Fotógrafo 20

Marzo
Día del Contador 1
Día Internacional de la Mujer 8
Día del Sicoorientador 17
Día del Negociador Internacional 18
Día del Locutor 24
Día Internacional del Teatro 27

Abril
Día del Controlador Técnico de Audio 1
Día Mundial de la Salud 7
Día del Florista 10
Día de la Tierra 22
Día del Idioma 23
Día del Bibliotecólogo 23
Día de la Secretaria 26
Día del Niño (último domingo de abril) 27
Día del Diseñador Gráfico 27
Día del Bacteriólogo 28
Día del Árbol 29

Mayo
Día Internacional del Trabajo 1
Día de la Madre (2° domingo mayo) 10
Día del Veterinario 10
Día de la Enfermera 12
Día del Estadista 12
Día del Maestro 15
Día Interamericano de la Telecomunicación 17
Día del Comerciante 23

Junio
Día Internacional del Niño 1
Día del Campesino 1
Día del Medio Ambiente 5
Día del Higienista Dental 17
Día del Padre (3er domingo junio) 21
Día del Abogado 22
Día del Zootecnista 22

Julio
Día del Cooperativismo 2
Día del Economista 3
Día del Dibujante 4
Día del Panadero 13
Día del Transportador 16
Día del Bodeguero 19
Día de la salud en el mundo del trabajo 28

AgostoDía del Ejército Nacional 7
Día del Nutricionista 11
Día de la Independencia de Antioquia 11
Día del Recreador 12
Día del Humorista 13
Día del Ingeniero 17
Día del Tendero 21
Día del Tecnólogo de Alimentos 26
Día del Adulto Mayor (4° domingo de agosto) 28
Día del Peluquero 28

SeptiembreDía del Fonoaudiólogo 6
Día Internacional de la Alfabetización 8
Día del Gerontólogo 15
Día del Amor y la Amistad 20
- 21 Día de las Relaciones Públicas 26
Día de la Seguridad Social 26
Día del Turismo 27
Día del Vendedor 28
Noche de los mejores (máximo evento del comercio antioqueño) 30

Octubre Día del Odontólogo 3
Día del Archivista 3
Día del Mesero 4
Día del Poeta 4
Día de la Raza 12
Día del Cronista Deportivo 12
Día de los Tecnólogos 14
Día del Promotor Social 21
Día del Trabajador Social 22
Día del Administrador 25
Día del Arquitecto 27
Día del Mensajero 27
Fiesta de los Niños (disfraces) 31
Día del Ahorro 31

Noviembre
Día de los Santos 1
Día del Vigilante 1
Día de la Policía 5
Día de la Terapeuta Ocupacional 17
Día de los Músicos 22
Día del Agrónomo 24
Día del Psicólogo 24
Día del Instrumentador 25

Diciembre
Día del Químico Farmacéutico 1
Día Panamericano del Médico 3
Día del Publicista 4
Día del Bombero 5
Día del Sociólogo 10
Día del Aguinaldo 16
Día del Piloto 17
Navidad 25
Día de los Inocentes 28.

DOCUMENTOS NO CONTABLES

1) remito (la mercaderia es contabilizada por la factura, y el remito solo sirve de informacion detallada de la mercaderia transportada en el flete)

2) orden de compra (la mercaderia es contabilizada por la factura, y la orden de compra solo sirve para pedir mercaderia al proveedor)

3) presupuesto (la mercaderia es contabilizada por la factura, y el presupuesto solo sirve para pedir cotizacion de los producto)

DOCUMENTOS COMERCIALES

Los documentos comerciales son todos los comprobantes extendidos por escrito en los que se deja constancia de las operaciones que se realizan en la actividad mercantil, de acuerdo con los usos y costumbres generalizados y las disposiciones de la ley. Estos son de vital importancia para mantener un apropiado control de todas las acciones que se realizan en una compañía o empresas.Su misión es importante ya que en ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación. También ayudan a demostrar la realización de alguna acción comercial y por ende son el elemento fundamental para la contabilización de tales acciones.Finalmente estos documentos permiten controlar las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.
La misión que cumplen los documentos comerciales es de suma importancia, conforme surge de lo siguiente:

  • En ellos queda precisada la relación jurídica entre las partes que intervienen en una determinada operación, o sea sus derechos y obligaciones.
  • Por lo tanto, constituyen un medio de prueba para demostrar la realización de los actos de comercio
  • Constituyen también el elemento fundamental para la contabilización de dichas operaciones.

Permiten el control de las operaciones practicadas por la empresa o el comerciante y la comprobación de los asientos de contabilidad.

Documentos que se archivan y generan registración:
-Factura
-Nota de Débito
-Nota de Crédito
-Ticket
-Recibo
-Pagaré
-Cheque
-Nota de Crédito Bancaria

Documentos que sólo se archivan:
-Orden de Compra
-Nota de Venta
-Remito
-Resumen de Cuenta

TIPOS DE CONTRATOS DE TRABAJO

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDEFINIDO: descripción y modeloEl contrato de trabajo por tiempo indefinido es aquél en el que las partes desconocen, a priori, cual va a ser la duración de la relación laboral y pactan que sus prestaciones se prolonguen sin límite en su duración.Si la duración del contrato es superior al año, la parte que desee extinguirlo, deberá notificarlo a la otra parte con una antelación mínima de 15 días. Atendiendo a la causa de la extinción del contrato el trabajador tendrá derecho o no a indemnización.Existen incentivos que consisten en bonificaciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes en los casos en los que el trabajador contratado pertenezca a alguno de los colectivos protegidos. En caso contrario, se aplicarán las normas generales.Modelo de contrato de trabajo por tiempo indefinido

CONTRATOS DE TRABAJO INDEFINIDOS O TEMPORALES BONIFICADOS: Los contratos de trabajo indefinidos o temporales bonificados están dirigidas fundamentalmente a determinados colectivos de trabajadores con dificultades en su integración en el mercado laboral.Entre ellos, el contrato de trabajo para el fomento de la contratación indefinida tiene por objeto facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados y de aquellos que prestan sus servicios con contratos temporales.El contrato de trabajo para el fomento de la contratación indefinida sólo puede concertarse con trabajadores incluidos en uno de los grupos siguientes:Trabajadores desempleados inscritos en el Servicio Público de Empleo en quienes concurra alguna de las siguientes condiciones:Jóvenes desde 16 hasta 30 años de edad, ambos inclusive.Mujeres desempleadas cuando se contratan para prestar servicios en profesiones u ocupaciones con menor índice de empleo femenino.Mayores de 45 años de edad.Parados que lleven, al menos, 6 meses inscritos ininterrumpidamente como demandantes de empleo.Personas con discapacidad.Trabajadores que, en la fecha de celebración del nuevo contrato para el fomento de la contratación indefinida, estuvieran empleados en la misma empresa mediante un contrato de duración determinada o temporal, incluidos los contratos formativos, celebrado con anterioridad al 31 de diciembre de 2007.Todos los contratos de trabajo indefinidos o temporales bonificados deben formalizarse por escrito y en el modelo oficial, dando derecho a la empresa a aplicarse bonificaciones en las cuotas de seguridad social en función del colectivo al que pertenezca el trabajador contratado.No podrá concertar estos contratos la empresa que en los 6 meses anteriores a la celebración del contrato, hubiera realizado extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas declaradas improcedentes por sentencia

CONTRATO DE TRABAJO A TIEMPO PARCIAL: El contrato de trabajo a tiempo parcial es aquel que se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable, o en su defecto, a la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio Colectivo de aplicación, o a la jornada ordinaria máxima legal.El contrato de trabajo a tiempo parcial puede celebrarse por tiempo indefinido o por una duración determinada.Tendrán la consideración de contratos a tiempo parcial por tiempo indefinido aquellos que se concierten para realizar trabajos fijos y periódicos, dentro del volumen normal de la actividad de la empresa.Los contratos a tiempo parcial por duración determinada serán aquellos en los que el trabajador concierte con su empresa una reducción de la jornada de trabajo y de su salario. El contrato a tiempo parcial por duración determinada se podrá acoger a cualquier modalidad contractual, a excepción del contrato de formación y de sustitución por jubilación anticipada.El contrato debe realizarse por escrito en el modelo oficial establecido en el que deberá figurar, el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. De no observarse estas exigencias, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.Cabe la conversión de los contratos a tiempo parcial en a tiempo completo y viceversa, siempre con carácter voluntario, y para facilitar esta conversión el empresario está obligado a comunicar las vacantes que se produzcan de manera que los trabajadores puedan optar por esta posibilidad realizando la oportuna solicitud.La jornada diaria podrá ser continuada o partida, pero en el caso de optar por la jornada partida únicamente se permite una interrupción salvo que el Convenio Colectivo disponga otra cosa.La retribución será proporcional al número de horas trabajadas respecto a la jornada habitual de la empresa.No es posible la realización de horas extraordinarias, a excepción de las debidas por siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes.En su lugar se han regulado las denominadas horas complementarias, teniendo esta consideración aquéllas cuya posibilidad de realización haya sido acordada, como adición a las horas ordinarias pactadas en el contrato a tiempo parcial. Para más información sobre el régimen de estas horas complementarias, te recomendamos visitar la página sobre el contrato a tiempo parcial del Ministerio de Trabajo e Inmigración.En los contratos de duración determinada que tengan establecido un plazo máximo de duración, si llegado éste el trabajador continúa prestando sus servicios, se entenderá que el contrato queda prorrogado automáticamente y por tiempo indefinido.La extinción del contrato de trabajo por expiración del plazo convenido, dará derecho al trabajador a percibir una indemnización por importe de 8 días de salario por cada año de contrato, salvo que por convenio colectivo se pacte una indemnización mayor.La falta de convocatoria del trabajador por parte del empresario en los casos en los que el contrato a tiempo parcial tenga carácter de fijo discontinuo, supondrá el despido del trabajador.

CONTRATO DE TRABAJO FIJO DISCONTINUO: El contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos-discontinuos se concertará para realizar trabajos que tengan el carácter de fijos-discontinuos y no se repitan en fechas ciertas, dentro del volumen normal de actividad de la empresa.Los trabajadores fijos-discontinuos serán llamados en el orden y la forma que se determine en los respectivos Convenios Colectivos, pudiendo el trabajador, en caso de incumplimiento, reclamar en procedimiento de despido ante la jurisdicción competente, iniciándose el plazo para ello desde el momento en que tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.El contrato de trabajo por tiempo indefinido de fijos discontinuos se deberá formalizar necesariamente por escrito en el modelo oficial establecido por el Servicio Público de Empleo Estatal. En el deberá figurar la duración estimada de la actividad a desarrollar, la forma y el orden de llamamiento que establezca el Convenio Colectivo aplicable, y la jornada laboral estimada y su distribución horaria.Los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán acordar, cuando las particularidades de la actividad del sector así lo justifiquen, la utilización en los contratos de fijos discontinuos de la modalidad de tiempo parcial, así como los requisitos para la conversión de contratos temporales en contratos de fijos discontinuos.

CONTRATO DE TRABAJO DE OBRA O SERVICIO DETERMINADO: El contrato de trabajo de obra o servicio determinado es el que tiene por objeto la realización de una obra o servicio con autonomía y sustantividad propias dentro de la actividad de la empresa, y cuya ejecución, aunque limitada en el tiempo, es en principio de duración incierta.Los Convenios Colectivos podrán identificar aquellos trabajos o tareas con sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa que puedan cubrirse con contratos de esta naturaleza.Este contrato puede concertarse a tiempo completo o a tiempo parcial y su duración será la del tiempo exigido para la realización de la obra o servicio. Si el contrato fijara una duración o un término, éstos deberán considerarse de carácter orientativo en función de lo establecido anteriormente.El contrato de trabajo de obra o servicio determinado debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación e identificar suficientemente la obra o el servicio que constituya su objeto, la duración del contrato así como el trabajo a desarrollar.El contrato se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. Cuando la duración del contrato sea superior a un año, la parte que formule la denuncia está obligada a notificar a la otra la terminación del contrato con una antelación mínima de 15 días. El incumplimiento por parte del empresario del plazo mencionado anteriormente, le obligará al abono de una indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido.Ejecutada la obra o servicio, si no hubiera denuncia expresa y el trabajador continuara prestando sus servicios, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido, salvo prueba en contrario que acredite la naturaleza temporal de la prestación.A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 8 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

CONTRATO DE TRABAJO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION:
El contrato de trabajo eventual por circunstancias de la producción se celebra para atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o excesos de pedidos, aún tratándose de la actividad normal de la empresa.En este contrato de trabajo debe constar con precisión y claridad la causa o circunstancia que lo justifique y además el carácter de la contratación, el tiempo de su vigencia y el trabajo a desarrollar. Debe formalizarse por escrito aquél cuya duración sea superior a cuatro semanas y en aquellos casos que se concierte a tiempo parcial.Su duración máxima será de 6 meses dentro de un período de 12 meses. En atención al carácter estacional de la actividad en que se pueden producir las circunstancias señaladas anteriormente, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los Convenios Colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán modificar indistintamente:La duración máxima del contratoEl período dentro del cual puede celebrarseAmbas cosasEn cualquier caso, los Convenios Colectivos no podrán establecer un período de referencia que exceda de 18 meses ni una duración máxima del contrato que exceda de las tres cuartas partes de dicho período de referencia, no siendo superior a 12 meses.En caso de que el contrato se concierte por un plazo inferior a la duración máxima legal o convencionalmente establecida, podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes, por una única vez, sin que la duración total del contrato pueda exceder de dicha duración máxima.El contrato se extinguirá previa denuncia de cualquiera de las partes, por la expiración del tiempo convenido. Los contratos que tengan establecida legal o convencionalmente una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior a la misma, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continúe prestando servicios.A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar 8 días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

CONTRATO DE TRABAJO DE INTERINIDAD: El contrato de trabajo de interinidad es el que se celebra con el objeto de sustituir a trabajadores con derecho a reserva del puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva.El contrato de trabajo de interinidad debe formalizarse siempre por escrito y debe especificar con precisión y claridad el carácter de la contratación, identificar al trabajador sustituido y la causa de la sustitución y, en su caso, el puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se producirá tras el proceso de selección externa o promoción interna, así como especificar suficientemente la circunstancia que determina su duración, la duración del contrato así como el trabajo a desarrollar.La duración del contrato será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a reserva del puesto de trabajo. Cuando el contrato se celebre para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva, la duración será la del tiempo que dure el proceso correspondiente, sin que pueda ser superior a 3 meses, ni celebrarse un nuevo contrato con el mismo objeto una vez superada dicha duración máxima.Este contrato de trabajo debe celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos: cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial; o cuando el contrato se realice para completar la jornada reducida de un trabajador.El contrato de trabajo de interinidad se extinguirá, previa denuncia de cualquiera de las partes, cuando se produzca cualquiera de las siguientes causas:La reincorporación del trabajador sustituido.El vencimiento del plazo legal o convencionalmente establecido para la reincorporación.La extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.El transcurso del plazo de 3 meses en los procesos de selección o promoción para la provisión definitiva de puestos de trabajo o del plazo que resulte de aplicación en los procesos de selección en las Administraciones públicas.Los contratos de trabajo de interinidad que tengan establecida legal o convencionalmente una duración máxima y que se hubiesen concertado por una duración inferior a la misma, se entenderán prorrogados tácitamente, hasta la correspondiente duración máxima, cuando no hubiese mediado denuncia o prórroga expresa antes de su vencimiento y el trabajador continuase prestando servicios.Si llegado el término no se hubiera producido denuncia alguna de las partes y se continuara realizando la prestación laboral, el contrato se considerará prorrogado tácitamente por tiempo indefinido. La falta de forma escrita, la falta de alta en la Seguridad Social o el fraude de ley, también supondrán la presunción de que el contrato se ha celebrado por tiempo indefinido y a jornada completa, salvo prueba en contra que acredite la naturaleza temporal de la prestación.Para más información sobre otros contratos de interinidad, te recomendamos visitar la página sobre el contrato a tiempo parcial del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

CONTRATO DE TRABAJO DE RELEVO: Los trabajadores en edad de jubilación o próximos a ella pueden reducir su jornada de trabajo y su salario entre un mínimo del 25% y un máximo del 75%, y compatibilizar el trabajo con la percepción de la pensión de jubilación parcial.El contrato de trabajo de relevo se concierta con un trabajador inscrito como desempleado en la correspondiente Oficina de Empleo o que tuviese concertado con la empresa un contrato de duración determinada, para sustituir al trabajador de la empresa que accede a la jubilación parcial. Se celebrará simultáneamente con el contrato a tiempo parcial que se pacte con este último.Este tipo de contrato se formalizará siempre por escrito y en modelo oficial en el que constará necesariamente el nombre, la edad y las circunstancias profesionales del trabajador sustituido.La duración del contrato de trabajo de relevo será indefinida o igual a la del tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación. Si, al cumplir dicha edad, el trabajador jubilado parcialmente continuase en la empresa, el contrato de relevo que se hubiera celebrado por duración determinada podrá prorrogarse mediante acuerdo de las partes por períodos anuales, extinguiéndose, en todo caso, al finalizar el período correspondiente al año en el que se produzca la jubilación total del trabajador relevado.En el caso del trabajador jubilado parcialmente después de haber alcanzado la edad de jubilación, la duración del contrato de relevo que podrá celebrar la empresa para sustituir la parte de jornada dejada vacante por el mismo, podrá ser indefinida o anual. En este segundo caso, el contrato se prorrogará automáticamente por períodos anuales.El contrato de relevo podrá celebrarse a jornada completa o a tiempo parcial. En todo caso, la duración de la jornada deberá ser, como mínimo, igual a la reducción de jornada acordada por el trabajador sustituido.El horario de trabajo del trabajador relevista podrá completar el del trabajador sustituido o simultanearse con él.El puesto de trabajo del trabajador relevista podrá ser el mismo del trabajador sustituido o uno similar, entendiendo por tal el desempeño de tareas correspondientes al mismo grupo profesional o categoría equivalente.El contrato se extinguirá al cumplir el trabajador sustituido la edad para jubilarse.Si durante la vigencia del contrato de relevo se produjera el cese del trabajador, el empresario deberá sustituirlo, en el plazo de quince días, por otro trabajador desempleado.En el caso de contrato temporal a la finalización del mismo, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de cuantía equivalente a la parte proporcional de la cantidad que resultaría de abonar ocho días de salario por cada año de servicio, o la establecida, en su caso, en la normativa específica que sea de aplicación.

CONTRATO DE TRABAJO PARA LA FORMACION: El contrato de trabajo para la formación tiene por objeto que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.El contrato de trabajo para la formación puede celebrarse con trabajadores mayores de 16 años y menores de 21 años que carezcan de la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas. El límite máximo de edad será de 24 años cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos trabajadores a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficio. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos trabajadores a los Programas de Talleres de Empleo o se trate de personas con discapacidad.Este contrato debe formalizarse por escrito, haciendo constar expresamente el oficio o nivel ocupacional objeto del aprendizaje, el tiempo dedicado a la formación y su distribución horaria, la duración del contrato y el nombre y cualificación profesional de la persona designada como tutor.Su duración no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años, salvo que por Convenio Colectivo de ámbito sectorial se fijen duraciones distintas sin que en ningún caso se puedan superar los 3 años. Se podrá acordar hasta dos prórrogas con una duración mínima de seis meses.Se imponen como obligaciones del empresario la de proporcionar la formación objeto del contrato al trabajador, y la de otorgarle los permisos necesarios para asistir a esa formación teórica. La formación deberá impartirse bien por el propio empresario debidamente autorizado, bien por centros ajenos igualmente autorizados. El tiempo dedicado a la misma dependerá del puesto de trabajo a desempeñar, pero en ningún caso podrá ser inferior al 15 por ciento de la jornada máxima prevista en Convenio o, en su defecto de la máxima legal. La jornada será a tiempo completo (sumando al tiempo de trabajo efectivo el dedicado a la formación teórica).Expirada la duración máxima del contrato de trabajo para la formación, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa. Podrá establecerse un período de prueba que no será superior a 2 meses.El salario del trabajador será el fijado en Convenio Colectivo, sin que en su defecto pueda ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.A la finalización del contrato el empresario deberá entregar al trabajador un certificado de la formación teórica y práctica adquiridaContrato de trabajo para la formación: descripción y modeloEl contrato de trabajo para la formación tiene por objeto que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.El contrato de trabajo para la formación puede celebrarse con trabajadores mayores de 16 años y menores de 21 años que carezcan de la titulación requerida para realizar un contrato en prácticas. El límite máximo de edad será de 24 años cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos trabajadores a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficio. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos trabajadores a los Programas de Talleres de Empleo o se trate de personas con discapacidad.Este contrato debe formalizarse por escrito, haciendo constar expresamente el oficio o nivel ocupacional objeto del aprendizaje, el tiempo dedicado a la formación y su distribución horaria, la duración del contrato y el nombre y cualificación profesional de la persona designada como tutor.Su duración no podrá ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años, salvo que por Convenio Colectivo de ámbito sectorial se fijen duraciones distintas sin que en ningún caso se puedan superar los 3 años. Se podrá acordar hasta dos prórrogas con una duración mínima de seis meses.Se imponen como obligaciones del empresario la de proporcionar la formación objeto del contrato al trabajador, y la de otorgarle los permisos necesarios para asistir a esa formación teórica. La formación deberá impartirse bien por el propio empresario debidamente autorizado, bien por centros ajenos igualmente autorizados. El tiempo dedicado a la misma dependerá del puesto de trabajo a desempeñar, pero en ningún caso podrá ser inferior al 15 por ciento de la jornada máxima prevista en Convenio o, en su defecto de la máxima legal. La jornada será a tiempo completo (sumando al tiempo de trabajo efectivo el dedicado a la formación teórica).Expirada la duración máxima del contrato de trabajo para la formación, el trabajador no podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma o distinta empresa. Podrá establecerse un período de prueba que no será superior a 2 meses.El salario del trabajador será el fijado en Convenio Colectivo, sin que en su defecto pueda ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.A la finalización del contrato el empresario deberá entregar al trabajador un certificado de la formación teórica y práctica adquiridaContrato de trabajo en prácticas: descripción y modeloEl contrato de trabajo en prácticas tiene como finalidad la inserción profesional de los jóvenes para el ejercicio de actividades relacionadas con la formación adquirida. El contrato de trabajo en prácticas constituye la forma más utilizada por las empresas para emplear a recién titulados sin experiencia laboral. En muchos casos, al término del contrato, suelen incorporar a los jóvenes en su plantilla.Este tipo de contratos suponen la prestación de un trabajo retribuido que facilita al trabajador una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. Son títulos profesionales habilitantes para celebrar el contrato en prácticas los de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado Universitario, Ingeniero, Arquitecto y Técnico o Técnico Superior de la Formación Profesional específica, así como los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional.El contrato de trabajo en prácticas ha de celebrarse dentro de los 4 años siguientes a la conclusión de los estudios que dieron lugar al título.Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas.La duración del contrato no puede ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato de trabajo en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de 6 meses.El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio, ni a dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior, salvo lo dispuesto en Convenio Colectivo.La retribución del trabajador será la fijada en Convenio Colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60 % o al 75 % durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato respectivamente, del salario fijado en Convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso el salario será inferior al Salario Mínimo Interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.El contrato de trabajo en prácticas se extinguirá por expiración del tiempo convenido. A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos.Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a 2 años en virtud de la misma titulación.Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa.Contrato de trabajo en prácticas: descripción y modeloEl contrato de trabajo en prácticas tiene como finalidad la inserción profesional de los jóvenes para el ejercicio de actividades relacionadas con la formación adquirida. El contrato de trabajo en prácticas constituye la forma más utilizada por las empresas para emplear a recién titulados sin experiencia laboral. En muchos casos, al término del contrato, suelen incorporar a los jóvenes en su plantilla.Este tipo de contratos suponen la prestación de un trabajo retribuido que facilita al trabajador una práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. Son títulos profesionales habilitantes para celebrar el contrato en prácticas los de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Licenciado Universitario, Ingeniero, Arquitecto y Técnico o Técnico Superior de la Formación Profesional específica, así como los títulos oficialmente reconocidos como equivalentes que habiliten para el ejercicio profesional.El contrato de trabajo en prácticas ha de celebrarse dentro de los 4 años siguientes a la conclusión de los estudios que dieron lugar al título.Deberá formalizarse por escrito haciendo constar expresamente la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas.La duración del contrato no puede ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años; dentro de estos límites, los Convenios Colectivos de ámbito sectorial podrán determinar la duración del contrato. Si el contrato de trabajo en prácticas se hubiera concertado por tiempo inferior a dos años, se podrán acordar hasta dos prórrogas, con una duración mínima de 6 meses.El periodo de prueba no podrá ser superior a un mes para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado medio, ni a dos meses para los contratos en prácticas celebrados con trabajadores que estén en posesión de título de grado superior, salvo lo dispuesto en Convenio Colectivo.La retribución del trabajador será la fijada en Convenio Colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60 % o al 75 % durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato respectivamente, del salario fijado en Convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. En ningún caso el salario será inferior al Salario Mínimo Interprofesional. En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, el salario se reducirá en función de la jornada pactada.El contrato de trabajo en prácticas se extinguirá por expiración del tiempo convenido. A la terminación del contrato, el empresario deberá expedir al trabajador un certificado en el que conste la duración de las prácticas, el puesto o puestos de trabajo ocupados y las principales tareas realizadas en cada uno de ellos.Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a 2 años en virtud de la misma titulación.Si al término del contrato el trabajador continuase en la empresa no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba, computándose la duración de las prácticas a efectos de antigüedad en la empresa